- 10 de agosto de 2018
- Posted by: AGEPRI
- Categoría: Fiscal y contable
Su empresa va a comprar un vehículo para cederlo a un empleado. Pues bien, si adquiere un coche eléctrico la retribución en especie a imputarle será inferior y ahorrará en los impuestos de matriculación y circulación…
Primer ahorro: matriculación
Tipo reducido. Si su empresa va a comprar un coche, valore la opción de adquirir uno eléctrico o híbrido (parcialmente eléctrico): obtendrá un importante ahorro en el Impuesto de Matriculación (dicho impuesto es único y se paga cuando se matricula el vehículo). Nota. . El ahorro se produce porque este impuesto se paga en función de las emisiones de CO2 del vehículo:
Emisiones oficiales de CO2 | Tipo (1) |
Hasta 120 g/km | 0% |
Entre 120 y 160 g/km | 4,75% |
Entre 160 y 200 g/km | 9,75% |
Igual o más de 200 g/km | 14,75% |
- El tipo, que puede variar en alguna comunidad autónoma, se aplica sobre la base imponible del IVA si el coche es nuevo y sobre su valor de mercado si es usado.
Segundo ahorro: coste salarial
Valoración. Asimismo, si compra el coche para cederle su uso a un empleado, deberá imputarle una retribución en especie en su IRPF y en su base de cotización (en este último caso, salvo que cotice por base máxima). En este sentido:
- La valoración del coche cedido es igual al 20% de su coste (impuestos incluidos).
- El 20% se calcula sobre la parte de uso privado que realice su empleado del coche. Apunte. Por ejemplo: si hay 226 días laborables en su empresa y le cede el coche todo el año, su empleado lo utilizará 139 días de forma particular. Por tanto, impútele un 38,08% (139 / 365) del 20% del valor del coche. Cada año. Además, por el hecho de ser la titular del coche, su empresa pagará cada año el Impuesto de Circulación. Y, a estos efectos, si se trata de un vehículo eléctrico o híbrido su ayuntamiento puede fijar una bonificación de hasta el 75% en la cuota de este impuesto.
Tercer ahorro: circulación
- Eficiente. Pues bien, si el coche se considera eficiente energéticamente (por ejemplo, es eléctrico de batería), la valoración se podrá reducir hasta en un 30% . Nota. Ello supondrá un ahorro para su empleado (el IRPF sobre su salario en especie será inferior) y también para su empresa (el ingreso a cuenta de la renta en especie será inferior, si es que no se lo repercute al afectado).
Haga cálculos
Ejemplo. Su empresa va a ceder a un trabajador un coche valorado en 35.000 euros cuyo uso particular se produce durante el 38,08% del tiempo. Si dicho empleado cotiza por base máxima, compare los costes que tendrá su empresa en función de si se trata de un coche normal (caso 1) o de un vehículo eléctrico (caso 2):
Concepto | Caso 1 | Caso 2 |
Imp. matriculación | 5.162 (1) | 0 |
Salario en especie (2) | 3.619 (3) | 2.258 (4) |
Ingreso a cuenta (30%) | 1.086 | 677 |
Imp. circulación | 144 (5) | 36 (-75%) |
Coste total primer año | 6.392 | 713 |
- Si las emisiones de CO2 superan los 200 g/km (14,75%).
- En el caso 1, tras añadir el IVA (21%) y el Impuesto de Matriculación, el valor del coche es de 47.512 euros. En el caso 2 el valor es de 42.350 (sólo se añade el IVA).
- 47.512 x 20% x 38,08%.
- 42.350 x (20% – 30%) x 38,08%.
- Cuota fija que su ayuntamiento puede incrementar.
El coste de su empleado será inferior, ya que podrá imputarle una menor renta en especie. Asimismo, podrá ahorrarse el Impuesto de Matriculación y es probable que su ayuntamiento fije una bonificación en el Impuesto de Circulación.