TARIFA PLANA AUTÓNOMOS SOCIETARIOS
- 8 de septiembre de 2020
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- Categoría: Agepri, Jurídico, Laboral
ANTECEDENTES
En el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo , se establece la implantación de una cuota de alta inicial en el RETA reducida, para, fomentar el emprendimiento y el trabajo por cuenta propia para menores de 30 años – a partir de octubre de 2013, las bonificaciones se aplican independientemente de la edad-
Por otra parte la normativa contempla expresamente la aplicación del régimen de trabajadores por cuenta propia a los socios con control de la sociedad y administradores de sociedades mercantiles.
No se excluye expresamente en la norma-Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero,-a los autónomos societarios, pero la interpretación por parte de la Tesorería siempre los ha dejado fuera de su aplicación con argumentos “discutibles”
Pues después de muchas reclamaciones , sentencias , por fin…
La Tesorería este lunes 7 de septiembre ha emitido un oficio rectificando un criterio que lleva manteniendo desde el mismo momento en que se puso en marcha la bonificación de las cuotas a la Seguridad Social para los nuevos autónomos, conocida como “Tarifa plana”, en 2013.
Quien puede tener derecho a la devolución?
Trabajador por cuenta propia, como socio o administrador de una sociedad mercantil, si:
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- Inició su proyecto empresarial, siendo menor de 30 años, a partir del 1 de febrero de 2013.
- Inició su proyecto empresarial, siendo mayor de 30 años, a partir del 1 de octubre de 2013.